Ayuntamiento de Badajoz

Recurso de Alzada

Ficha Informativa

Las resoluciones y actos a que se refiere el artículo 112.1, cuando no pongan fin a la vía administrativa, podrán ser recurridos en alzada ante el órgano superior jerárquico del que los dictó. A estos efectos, los Tribunales y órganos de selección del personal al servicio de las Administraciones Públicas y cualesquiera otros que, en el seno de éstas, actúen con autonomía funcional, se considerarán dependientes del órgano al que estén adscritos o, en su defecto, del que haya nombrado al presidente de los mismos.

2. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo.

Si el recurso se hubiera interpuesto ante el órgano que dictó el acto impugnado, éste deberá remitirlo al competente en el plazo de diez días, con su informe y con una copia completa y ordenada del expediente.

El titular del órgano que dictó el acto recurrido será responsable directo del cumplimiento de lo previsto en el párrafo anterior

Documentación normalizada a presentar

Solicitud recurso de alzada

Normativa

Referencia Ley Orden / Capítulo Materia que Regula Texto Legal
39/2015 - Ley Procedimiento Administrativo Común / RECURSOS ADMINISTRATIVO Ver Texto
40/2015 - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público / Establece y regula las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas Ver Texto

Lugares de Atención

Nombre REGISTRO GENERAL
Dirección PLAZA DE ESPAÑA, 1
Horarios de Atención 9:00 - 13:00
Correos Electrónicos
Teléfonos 924 21 00 26
Nombre OFICINA AUXILIAR DE RECURSOS HUMANOS
Dirección PLAZA DE LA SOLEDAD, 7
Horarios de Atención 9:00 - 14:00
Correos Electrónicos recursoshumanos@aytobadajoz.es
Teléfonos 924 21 01 15