Ayuntamiento de Badajoz

Concesión de uso privativo del dominio público con carácter permanente

Ficha Informativa

Autorizaciones del uso privativo de bienes de dominio público local relativas a ocupaciones de carácter estable o permanente:
- En régimen de concurrencia mediante el procedimiento licitatorio correspondiente.

- Por adjudicación directa en los supuestos del artículo 137.4) LPAP, por remisión del art. 93.1 de la misma ley.

Estas concesiones pueden a su vez ser gratuitas, otorgarse con contraprestación o estar sujetas a tasa; siendo necesario en el primero de los casos, cumplir los requisitos legalmente exigidos, y realizar los trámites preceptivos.

Documentación normalizada a presentar

Solicitud concesión demanial de uso privativo

Otra documentación a presentar

.Plano
.Memoria
.Autorización de representación

Normativa

Referencia Ley Orden / Capítulo Materia que Regula Texto Legal
39/2015 - Ley Procedimiento Administrativo Común / RECURSOS ADMINISTRATIVO Ver Texto
33/2003 - Ley 33/2003, 3 noviembre / Patrimonio Administración Ver Texto
1372/86 - Real Decreto 1372/86, 13 junio / Bienes EELL Ver Texto
7/1985 - Ley de Bases Régimen Local 7/1985 de 2 de Abril / Bases Régimen Local Ver Texto
9/2017 - Ley 9/2017, de 8 de noviembre / Ley de Contratos del Sector Público Ver Texto

Lugares de Atención

Nombre REGISTRO GENERAL
Dirección PLAZA DE ESPAÑA, 1
Horarios de Atención 9:00 - 13:00
Correos Electrónicos
Teléfonos 924 21 00 26
Nombre OFICINA AUXILIAR DE PATRIMONIO
Dirección PLAZA DE ESPAÑA, 1
Horarios de Atención 9:00 - 14:00
Correos Electrónicos patrimonio@aytobadajoz.es
Teléfonos 924 21 00 00